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Si usted o un ser querido ha sufrido persecución o amenazas en su país de origen, o si teme ser perseguido si regresa, el gobierno de los Estados Unidos le permite solicitar asilo en los EE. UU. sin importar cuál sea su estatus migratorio, siempre que cumpla con ciertos requisitos. criterios. La persecución debe surgir de su nacionalidad, etnia, opiniones políticas, religión o su pertenencia a un grupo social perseguido. Además, deberá presentar una declaración jurada que explique por qué abandonó su país de origen y los motivos por los que tiene miedo de regresar allí. Es una posición aterradora, y es por eso que nuestros abogados de inmigración permanecerán a su lado durante todo el proceso, haciendo todo lo posible para mantenerlo a salvo de la situación en su país de origen que lo trajo a los EE. UU. en primer lugar. No esperes. Reserve su cita con uno de nuestros compasivos abogados de inmigración hoy.
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Los ciudadanos extranjeros que están físicamente presentes en los EE. UU. o aquellos que buscan ingresar en un puerto de entrada de los EE. UU. tienen derecho a presentar un formulario de Solicitud de asilo y retención de expulsión ante el USCIS. Sin embargo, existe un límite de tiempo, por lo que es una buena idea iniciar el proceso de inmediato. A menos que pueda afirmar que sus circunstancias han cambiado, debe presentar el formulario (I-589) dentro de un año de su última entrada a los EE. UU. Si se enfrenta a circunstancias extraordinarias, debe hablar con uno de nuestros abogados de inmigración con experiencia. para que su petición tenga más probabilidades de tener éxito, incluso si está fuera del plazo de un año. Dado que las solicitudes de asilo actualmente están atrasadas, puede solicitar una autorización de dos años para trabajar en los EE. UU. después de haber presentado su solicitud de asilo. No lo haga solo cuando se trata de asilo. El USCIS examina minuciosamente las solicitudes de asilo, por lo que es esencial contar con un abogado que pueda ayudarle a presentar su caso. Póngase en contacto con nuestro equipo legal hoy.
Si el USCIS ya inició un procedimiento en su contra, aún puede presentar una solicitud I-589. El procedimiento difiere un poco del proceso de asilo afirmativo. En un proceso de asilo defensivo, el USCIS programará una audiencia ante un juez de inmigración. El juez escuchará su testimonio y el de sus testigos y examinará las pruebas que haya presentado. Además, el juez le hará preguntas sobre su experiencia de persecución y su miedo a regresar a casa. Generalmente, el juez tomará una decisión al final de su audiencia. Si el juez aprueba su solicitud, puede solicitar una tarjeta verde después de un año de presencia física continua en los EE. UU. No hace falta decir que es fundamental que tenga a su lado un abogado experto en inmigración para asegurarse de presentar un caso convincente. . Si ya está en la corte de inmigración, aún no es demasiado tarde. Póngase en contacto con uno de nuestros abogados de inmigración hoy.
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